Recobros en el sistema de salud de Colombia

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2018Metadata
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Abstract
El sistema general de Seguridad Social en Salud vigente en Colombia instituido por la Ley 100 de 1993, garantiza un plan integral de protección de la salud, con atención preventiva, médico-quirúrgica y medicamentos esenciales (plan obligatorio de salud), y cuya prestación debe ser suministrada y garantizada por la Entidad prestadora de Salud a la cual se encuentre afiliado el usuario.
Sin embargo, cuando a criterio médico el paciente requiera un servicio o tecnología en salud la cual no se encuentre cubierta por el POS, esta debe ser suministrada a través de la red de servicios contratada por la EPS y su reconocimiento y pago será realizado por el Sistema de Seguridad Social a través del FOSYGA mediante el mecanismo de RECOBROS/COBROS establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social en el cual las entidades recobrantes deben cumplir con unos documentos y requisitos esenciales para hacer efectivo dicho recobro. En la presente monografía que he realizado como requisito de grado en Gerencia de instituciones de Seguridad Social en Salud, consta de una revisión de la normatividad que dio origen a los recobros de tecnologías NO POS, así como de los requisitos y proceso establecido para el mecanismo actualmente vigente de recobros en salud en Colombia.
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Respuesta Comentario Repositorio Institucional
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