Samper Rodríguez, María EugeniaNarváez De Los Ríos, Santiago ErnestoTrujillo González, José Saúl2021-10-062021-10-062006http://hdl.handle.net/11634/37802En un Estado Social de Derecho como lo es Colombia según el constituyente de 1991, tanto los ciudadanos como las autoridades públicas deben someterse al imperio de la ley, y particularmente para dichas autoridades la constitución en su artículo sexto señala: “Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por OMISIÓN o extralimitación en el ejercicio de sus funciones”1 . Además, las instituciones que cumplen funciones públicas, por la trascendencia social e importancia de la función que desarrollan necesitan de una constante vigilancia y control, especialmente cuando dicha función tiene que ver con la elaboración del derecho positivo, ya sea a través del poder constituyente, es decir, la facultad de reformar la Constitución, o a través del poder legislativo, o sea, la facultad para expedir las leyes de la Repúblicaapplication/pdfspaAtribución 2.5 Colombiahttp://creativecommons.org/licenses/by/2.5/co/Estudio del control jurídico de los silencios legislativosbachelor thesisAcceso cerradoinfo:eu-repo/semantics/closedAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_14cbDerechoreponame:Repositorio Institucional Universidad Santo Tomásinstname:Universidad Santo Tomásrepourl:https://repository.usta.edu.co