Diferencia de Reconocimiento de Cesantías del Régimen Especial y el Normal

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Resumen

Las cesantías son una prestación social de ley que le corresponde al trabajador que tiene contrato de trabajo regulado de acuerdo con el código sustantivo de trabajo y de más leyes que regulan esta prestación social en Colombia. De acuerdo con los cambios introducidos en la ley 1819 de 2016 y reglamentada a través del decreto 2250 de 2017, señala que el contribuyente de renta persona natural de tener en cuenta al momento de establecer la realización del ingreso por cesantías, considerando que, a partir del año 2017, las cesantías se entenderán realizadas en el momento del pago directo al trabajador o en el momento del traslado o consignación al fondo de cesantías. El valor residual que aparecen en los fondos de cesantías debe ser declarados en el patrimonio del contribuyente solo si corresponde ingreso realizado en el año 2017 en adelante. Con los cambios que trajo esta ley los retiros que realice un empleado del fondo de cesantías que provenga de saldos anteriores al 31 de diciembre 2016, solo es ingreso tributario en el momento o año del retiro, por tanto, los saldos que están en los fondos de cesantías y que corresponden a periodos inferiores al año 2016 no se deben declarar el valor del patrimonio del contribuyente en la declaración de renta dado que aún no ha sido realizado el ingreso.

Abstract

Severance payments are a social benefit of law that corresponds to the worker who has an employment contract regulated in accordance with the substantive labor code and other laws that regulate this social benefit in Colombia. According to the changes introduced in law 1819 of 2016 and regulated through decree 2250 of 2017, it points out that the income taxpayer natural person to take into account when establishing the realization of the income from severance payments, considering that, from 2017, the severance payments will be understood realized at the time of direct payment to the worker or at the time of transfer or consignment to the severance fund. The residual value that appears in the severance funds must be declared in the taxpayer's equity only if it corresponds to income made in the year 2017 onwards. With the changes brought by this law, the withdrawals made by an employee from the severance fund that comes from balances prior to December 31, 2016, is only taxable income at the time or year of withdrawal, therefore, the balances that are in the severance funds and that correspond to periods less than 2016 should not be declared the value of the taxpayer's equity in the income tax return since the income has not yet been realized.

Idioma

spa

Palabras clave

Citación

Ávila Pérez, O. L., Flórez Pinzón, C. C. (2023). Diferencia de Reconocimiento de Cesantías del Régimen Especial y el Normal. [Tesis de posgrado]. Universidad Santo Tomás. Bucaramanga, Colombia