El precedente en el consejo de estado
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2016
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Resumen
Con la Sentencia C-836 de 2001, la Corte Constitucional, quien venía haciendo una elaboración amplia sobre la obligatoriedad de sus fallos judiciales, extendió el carácter obligatorio de la decisión judicial hacia las otras jurisdicciones (ordinaria y contencioso administrativa). El Consejo de Estado, de forma paulatina adoptó la categoría del precedente judicial. Sin embargo, fueron las Leyes 1395 de 2010 (actualmente derogada), y 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), las que le otorgaron a esta corporación herramientas procesales para establecer una disciplina jurisprudencial en la jurisdicción contencioso administrativa. Así, la figura de la sentencia de unificación establecida en el artículo 270 de la Ley 1437 de 2011 fue consagrada como norma obligatoria de carácter jurisprudencial. No obstante lo anterior, la instalación de la jurisprudencia como fuente de derecho en el Consejo de Estado ha sido un proceso difícil y complejo, debido a las falencias endilgadas a las decisiones de esta corporación, entre ellas, la falta de coherencia en la línea jurisprudencial desarrollada sobre ciertos temas, la confrontación con la Corte Constitucional cuando abordan temas análogos y el desconocimiento por parte de las secciones de las sentencias de unificación, lo cual ha generado un precedente contencioso administrativo débil, inestable y muchas veces desobedecido. Para corregir los aspectos críticos, la interpretación del Consejo de Estado debe ofrecer respuestas a los problemas jurídicos de conocimiento del juez de menor jerarquía, a fin de que este pueda adoptarla como regla jurídica aplicable al caso. Esto implica que dichas reglas jurídicas deban ser constantes, invariables y sólidas y que únicamente puedan cambiar o actualizarse después de un proceso coherente y controlado acorde a la dinámica social que pretende regular.
Abstract
With the Judgment C-836 of 2001, the Constitutional Court, who had been doing extensive elaboration on the issue of mandatory their judgments, extended the mandatory nature of the court decision to the other -ordinary jurisdictions and contentious administratively. The State Council, gradually adopted the issue of judicial precedent, however were the Laws of 2010, currently derogate- 1395, 1437 and 2011 -Code of Administrative Procedure and Contentious Administrative-, which gave him this corporation procedural tools to establish a jurisprudential discipline in the administrative jurisdict io n. Thus, the figure of the unification sentence in Article 270 of Law 1437 of 2011, was consecrated as a mandatory standard jurisprudential character. Notwithstanding the foregoing, the installation of jurisprudence as a source of law in the State Council has been a difficult process due to the shortcomings endilgadas to decisions of the Corporation, including the lack of consistency in the line of jurisprudence developed on certain themes, confrontation with the Constitutional Court when they address similar issues, and ignorance of the sections of the judgments of unification, which has generated a contentious administrative precedent weak, unstable and often disobeyed. To correct the critical aspects, interpretation of the State Council, should provide answers to legal problems inform the judge of a lower rank, so that it can adopt as a legal rule applicable to the case; this implies that those legal rules must be constant, unchanging and solid; and can only be changed or updated after a consistent process and controlled according to the social dynamic that seeks to regulate.
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