Presunción Iuris Tantum en la dosis de aprovisionamiento viola principios de derecho penal 

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2017

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Universidad Santo Tomás

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Resumen

La Convención de Viena impuso a los Estados partes la obligación incondicional de tipificar las conductas que directa o indirectamente configuraran el fenómeno de tráfico ilícito de estupefacientes, tales como son: la producción, la fabricación, la oferta, la venta, la distribución, el envío, el transporte, la importación o la exportación. En cuanto al consumo personal de estupefacientes, su tipificación sólo se consideró imperativa cuando ello se correspondiera con los principios constitucionales y con los conceptos jurídicos fundamentales del Estado. Así lo consideró la Corte Constitucional en la sentencia C-176 de 1994 mediante la cual se estudió la exequibilidad de la Ley 67 de 1993 por medio de la cual se aprobó dicho tratado internacional. Con la presente investigación se pretende exponer de forma clara y precisa, los temas atinentes al porte de sustancias estupefacientes, refiriéndose específicamente a si la presunción Iuris Tantum en la dosis de aprovisionamiento viola principios de derecho pena

Abstract

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spa

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