Diálogo entre la filosofía del derecho tomista y la filosofía del derecho contemporáneo

dc.creatorCárdenas Sierra, Carlos Albertoes
dc.date2016-07-07
dc.date.accessioned2025-02-05T17:25:31Z
dc.date.available2025-02-05T17:25:31Z
dc.descriptionLlamamos ética aquella zona de la vida humana que está dominada por el sentido del deber. La ética no equivale a la moral. Su función es reflexionar críticamente sobre las distintas formas de deber: deber moral, deber religioso, deber jurídico, deber político, deber económico. Así concebía Tomás de Aquino el papel de la ética, a la que denominaba “filosofía moral” y que abarcaba los sectores norma- tivos señalados. Hoy, como en el siglo XIII, retorna una preocupación semejante: de nuevo reclama- mos la intervención de la ética como veedora y reguladora de los distintos órdenes normativos, especialmente del orden normativo jurídico. El afán por separar ética y derecho parece preocupación superada. Los nuevos jusfilósofos construyen un metalenguaje ético que se ordena a comprender el derecho positivo a la luz de una determinada opción antropológica y axiológica y a establecer su dependencia del devenir social, definiendo sus relaciones con la moral, la religión, la política y la economía.es
dc.formatapplication/pdf
dc.identifierhttps://revistas.usantotomas.edu.co/index.php/iusta/article/view/2993
dc.identifier10.15332/s1900-0448.2005.0022.08
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11634/63400
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad Santo Tomás, Bogotá-Colombiaes
dc.relationhttps://revistas.usantotomas.edu.co/index.php/iusta/article/view/2993/2860
dc.sourceIUSTA; No. 22 (2005)en
dc.sourceIUSTA; Núm. 22 (2005)es
dc.source2500-5286
dc.source1900-0448
dc.titleDiálogo entre la filosofía del derecho tomista y la filosofía del derecho contemporáneoes
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/publishedVersion
dc.typeArtículo revisado por pareses

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