INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA ELABORACION DE SENTENCIAS PENALES EN COLOMBIA: TENSIONES CON EL DEBIDO PROCESO Y LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
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Hernandez Diaz, Diego Fernando
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Universidad Santo Tomás
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La incorporación de la inteligencia artificial (IA) en la administración de justicia se ha convertido en uno de los debates más relevantes de los últimos años, su irrupción en distintos sistemas jurídicos del mundo ha abierto interrogantes no solo acerca de la eficiencia que promete, sino también sobre las consecuencias éticas y jurídicas que puede acarrear, en el caso colombiano, el asunto resulta especialmente delicado dentro del ámbito penal, en el que el respeto al debido proceso y a las garantías constitucionales constituye la base misma del sistema de enjuiciamiento, a partir de ello, este trabajo se orienta a examinar críticamente las tensiones que suscita la aplicación de herramientas algorítmicas en la elaboración de sentencias, preguntándose si estas tecnologías representan un paso hacia la modernización judicial o, por el contrario, un riesgo latente para los derechos fundamentales de las personas procesadas.
Diversos enfoques académicos han intentado explicar los posibles efectos de la digitalización de la justicia, Susskind (2019), por ejemplo, plantea que los tribunales del futuro serán inevitablemente más automatizados y dependientes de herramientas digitales, lo cual exige repensar el papel del juez y las dinámicas propias de la toma de decisiones, sin embargo, esa visión optimista no ha sido aceptada de forma unánime, Citron y Pasquale (2014) advierten que los sistemas algorítmicos diseñados para apoyar o reemplazar la función judicial pueden reproducir sesgos, errores y una falta de transparencia que pone en entredicho la legitimidad de las decisiones, en un sentido cercano, O’Neil (2016) demuestra cómo los denominados “algoritmos opacos” tienden a reforzar desigualdades estructurales, generando exclusiones que resultan incompatibles con los ideales de igualdad y justicia.
Estas preocupaciones han encontrado eco en la jurisprudencia constitucional colombiana, la Corte Constitucional ha insistido en que toda decisión judicial debe responder a un ejercicio racional, argumentado y motivado, en consonancia con los principios que sustentan el Estado social de derecho, de manera expresa, el artículo 29 de la Constitución establece el debido proceso como derecho fundamental, recordando que nadie puede ser juzgado sino bajo leyes preexistentes, ante autoridad competente y con plenas garantías de defensa, contradicción y presunción de inocencia, en consecuencia, la posibilidad de automatizar sentencias penales a través de sistemas de IA debe evaluarse con extremo cuidado, pues sustituir o disminuir el papel del razonamiento humano en favor de procesos algorítmicos podría traducirse en una afectación directa de estos principios (Corte Constitucional, Sentencia C-131 de 2002).
En el escenario internacional, la Unión Europea ha marcado un precedente con la aprobación del AI Act (2021), que reconoce como de “alto riesgo” la aplicación de inteligencia artificial en la administración de justicia, esta clasificación implica límites y salvaguardas estrictas frente a la automatización de decisiones judiciales, buscando proteger la imparcialidad y la motivación de las sentencias, en el ámbito latinoamericano, aunque no existe una regulación homogénea, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2021) ha formulado lineamientos que resaltan la obligación de diseñar herramientas tecnológicas compatibles con la protección de los derechos fundamentales y con la prevención de prácticas discriminatorias.
En Colombia aún no se dispone de una normativa específica que regule el uso de IA en el ámbito judicial, a pesar de ello, existen disposiciones generales que promueven la transformación digital del Estado, como la Ley 1341 de 2009 y el Decreto 620 de 2020, a ello se suma el Documento CONPES 3975 de 2019, que propone una hoja de ruta para el desarrollo de la inteligencia artificial en el país, sin embargo, estas normas resultan insuficientes para abordar los dilemas éticos, jurídicos y procesales propios del campo judicial, en contraste, la Ley Estatutaria 270 de 1996, que regula la administración de justicia, establece en su artículo 8 que las decisiones judiciales deben ser autónomas, motivadas y dictadas por jueces investidos de jurisdicción, recordando así que cualquier intervención tecnológica debe estar subordinada al juicio humano y nunca reemplazarlo en su totalidad.
El derecho penal, por su carácter sancionador y por las consecuencias directas que produce en la libertad personal, exige un escrutinio constitucional más estricto que otras ramas del derecho, la experiencia comparada ilustra los riesgos y desafíos de introducir IA en este campo: en Estados Unidos, el uso de la herramienta COMPAS para predecir riesgos de reincidencia ha sido cuestionado por reproducir sesgos raciales y socioeconómicos; en China, la implementación de sistemas algorítmicos en procesos penales ha suscitado críticas por la ausencia de garantías procesales; mientras que en Estonia la IA se limita a tareas judiciales menores bajo estricta supervisión humana, como señala Hildebrandt (2018), estas experiencias revelan que el despliegue de inteligencia artificial en la justicia debe estar acompañado de principios éticos sólidos, salvaguardas institucionales y mecanismos de control jurisdiccional efectivo.
En el contexto colombiano, un modelo institucional responsable debería garantizar que cualquier sistema de inteligencia artificial utilizado en la elaboración de sentencias penales cuente con mecanismos de auditoría y explicaciones accesibles sobre su funcionamiento, además de asegurar en todo caso la revisión por parte de un juez humano, el principio de legalidad penal, expresado en la fórmula nullum crimen, nulla poena sine lege, demanda que las decisiones se sustenten en el análisis jurídico de los hechos y en la aplicación de normas vigentes, sin embargo, desde la óptica del constitucionalismo principialista, tales decisiones no pueden reducirse a un ejercicio de subsunción mecánica: involucran también la ponderación de principios fundamentales, como la dignidad humana, la igualdad o la presunción de inocencia, esto genera tensiones con la opacidad propia de los algoritmos de aprendizaje automático, cuyo funcionamiento estadístico difícilmente puede dar cuenta de la complejidad moral y jurídica que caracteriza al derecho penal.
La jurisprudencia interamericana refuerza esta idea, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha subrayado que el acceso a un juez imparcial, la defensa técnica adecuada y la motivación suficiente de las decisiones son elementos esenciales del debido proceso, estos no se reducen a reglas procesales, sino que constituyen principios fundamentales que orientan la validez misma del juicio, en el caso Barreto Leiva vs. Venezuela (2009), la Corte señaló que la afectación de tales garantías compromete directamente la legitimidad de la justicia, recordando que la actividad jurisdiccional debe estar guiada por la protección efectiva de derechos y no por la eficiencia formal.
Bajo este panorama, la presente monografía se orienta a realizar un análisis principialista del uso de la inteligencia artificial en el ámbito penal colombiano, el propósito es examinar sus límites y posibilidades, identificando los riesgos que emergen cuando principios como la igualdad, la proporcionalidad o el derecho de defensa se ven enfrentados a lógicas algorítmicas que privilegian la predicción y la eficiencia, se trata de evaluar cómo pueden armonizarse las herramientas digitales con el respeto pleno a los derechos fundamentales, y de proponer criterios que eviten que la modernización judicial se convierta en un escenario de regresión en términos de garantías procesales.
En este sentido, el trabajo busca aportar al debate contemporáneo sobre justicia digital desde una perspectiva que reconoce el potencial de la IA, pero que exige que su uso esté siempre sometido a los principios constitucionales y a la ponderación judicial, siguiendo la tradición del análisis jurídico-crítico, se integran la revisión normativa, el estudio jurisprudencial y un marco teórico inspirado en el constitucionalismo principialista, en línea con autores como Alexy (2007), Uprimny & Saffon (2006) y De Luis García (2023), el objetivo es esbozar un modelo de justicia que conjugue innovación tecnológica con la defensa activa de los derechos fundamentales, garantizando que la moral constitucional y la racionalidad práctica sigan siendo los referentes últimos de toda decisión penal.
Abstract
Idioma
spa

