La doctrina de la Corte Constitucional Colombiana sobre el exceso ritual manifiesto en materia de pruebas (2001-2011)
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2013-12-15
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Resumen
Han transcurrido once años desde que la Corte Constitucional de Colombia comenzó a hacer referencia al exceso ritual manifiesto (Sentencia
T-1306 de 2001). Sobre esta figura, el trabajo que ahora presentamos
sostiene que hay dos variantes, y una de ellas se relaciona directamente
con el tema probatorio.
En este sentido, es decir, cuando el exceso ritual manifiesto se predica
como un error del juez de instancia relacionado con el tema de pruebas,
y más exactamente cuando en sede de revisión de tutela se lo obliga a la
práctica de un número determinado de ellas, es difícil no llegar a la conclusión de que en lo referente al exceso ritual manifiesto estamos llevando
la tutela a una modalidad de última instancia en materia probatoria, y
no solo en materia de protección de derechos fundamentales.
Más aún, puede sostenerse que la Corte Constitucional, bajo la idea de
que el juez tiene el deber de perseguir la verdad, y por sobre todo encontrarla, incursiona en los hechos litigiosos de cada caso que implica
exceso ritual manifiesto o, por lo menos, sugiere con precisión el camino
que debe seguir el juez de la causa para allegarle el derecho fundamental
a una de las partes.
Con todo, hay que decir que esta incursión del juez constitucional en
asuntos propios de la sede ordinaria, se debe, en parte, y en los estrictos
límites de la figura que aquí examinaremos, al hecho de que en Colombia
compartimos dos sistemas en materia de pruebas: el sistema inquisitivo
y el dispositivo; igualmente, al modo como se expresan algunas normas
del derecho procesal (en especial las relacionadas con el poder - deber
que tienen los jueces para decretar pruebas de oficio); pero, sobre todo,
a una comprensión de lo que significa el proceso mismo en relación con
la protección de los derechos fundamentales y la prevalencia del derecho
sustantivo.
Abstract
Eleven years have passed since the Constitutional Court of Colombia
began to evident procedural excess (Case T-1306,2001).In this figure, the
work presented here argues that there are two variants, one of which is
directly related to the evidentiary issue. In this sense, i.e., when evident
procedural excess is preached as an error of the trial judge related to the
topic of evidence, and more accurately when reviewing writ he is forced
to practice a certain number of them it is hard not to conclude that with
regard to evident procedural excess we are taking over guardianship to
a form of last resort in terms of proof, and not only for the protection of
fundamental rights. Moreover, it can be argued that the Constitutional
Court, under the idea that the judge has a duty to pursue the truth, and
above all find it, he ventures into the relevant facts of each case which
involves evident procedural excess or, at least, suggests precisely the
way forward for the trial judge to give the fundamental right to a party.
However, It be must be said that this incursion by the constitutional judge
in matters of the ordinary headquarters, is due to, in part, and within
the strict limits of the figure discussed here, the fact that in Colombia on
matter of evidence we share two systems: the inquisitorial and regulatory
system; equally, to the way some rules of procedural law (especially related to - the duty of judges to decree evidence) are expressed, but above
all, to an understanding of what the process itself means in relation to the
protection of fundamental rights and the prevalence of substantive law.
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