Se está normalizando los actos sexuales no consentidos en personas mayores de catorce años

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Resumen

A lo largo del presente artículo desde nuestra perspectiva y experiencia laboral, intentamos plantear la idea de, que en Colombia los operadores judiciales, empiecen por dar valor al no consentimiento de la víctima cuando de tipificar una conducta de acto sexual violento se trata, es decir, que se considere el no consentimiento dado de la víctima, una real y clara vulneración a la libertad, integridad y formación sexual que tiene toda persona conforme a las sanciones señaladas en la ley 599 de 2000 . En desarrollo del mismo, pretendemos que se deje a un lado la postura, acerca de que solo existe violencia en una conducta sexual, cuando de por medio el sujeto activo despliega sobre el sujeto pasivo actos propios de los señalado en el artículo 212ª del Código Penal Colombiano ; pues esta nueva forma de violencia que traemos sobre la mesa en este artículo académico, se presenta cuando la persona titular del bien jurídicamente protegido, no se le permite ni se le da tiempo de manifestar su consentimiento o repeler la agresión de la cual está siendo víctima. Por tratarse de una conducta que recae la mayoría de las veces sobre mujeres, instar a implementar en las decisiones judiciales la perspectiva de género, permitirá eliminar los prejuicios y la resistencia que actualmente se da en nuestro país

Abstract

Idioma

spa

Palabras clave

Citación

Bernal Macias, M. & Ramírez López, M. (2023).Se está normalizando los actos sexuales no consentidos en personas mayores de catorce años. [Articulo académico, Universidad Santo Tomás]. Repositorio

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