Segunda parte: Derecho de la familia. Capítulo 2: El parentesco

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2020-06-16

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Resumen

E n conexión general, que el término existe entre parentesco dos personas, hace alusión sea por a la consanguinidad, unión, vínculo o afinidad o por disposición de la ley, en el caso de la adopción. Estos vínculos jurídicos surgen entonces entre las personas que descienden de un mismo progenitor (parentesco de consanguinidad); o entre el mari- do y los parientes de la mujer y entre la mujer y los del marido (paren- tesco de afinidad) y entre el adoptante y el adoptado (parentesco civil)

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Citación

Serrano, L. (2017). Una mirada al derecho de familia desde la psicología jurídica: Personas, parejas, infancia y adolescencia. Bogotá: Ediciones USTA.

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