Responsabilidad del estado por falla médica, estudio jurisprudencial 2010-2019
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En la legislación colombiana no hay una norma específica que permita identificar la responsabilidad que le atañe al estado por falla médica, por incumplimiento de las obligaciones del profesional tratante en particular en los casos de medicina estética, objeción de conciencia o aplicación de eutanasia. La jurisprudencia se ha encargado de llenar ese vacío a través de sentencias; las cuales se estudiarán desde el año 2010 al 2019, para establecer la línea jurisprudencial con miras a realizar un aporte desde la Academia en el ámbito del Derecho administrativo y la responsabilidad del Estado por falla médica. La pregunta problema es: cuál es la responsabilidad que le atañe al Estado por falla en la prestación de los servicios médicos donde no se obtiene por parte del paciente lo que se busca al contratar los servicios médicos con una institución o un galeno en particular, en los casos de objeción de conciencia, cirugías estéticas y aplicación de eutanasia.
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